Muchas parejas que no han podido concebir hijos buscan el método de la adopción para formar así la familia deseada, y abrirle su corazón a un nuevo integrante del hogar.
Jurídicamente se entiende como adopción al procedimiento legal que permite a un niño, niña o adolescente convertirse en hijo o hija de padres no biológicos. En otras palabras, se le brinda una familia a un menor de edad o adolescente que no la tiene.
Al emprender esta decisión es importante saber que la prioridad siempre será la necesidad del menor de edad, ya que a través de la adopción se restituye su derecho, hasta ahora negado, de convivir en familia. Del mismo modo que el de los adoptantes optar por la creación de una familia.
El proceso de adopción en Panamá está regulado por la Ley 46 de 17 de julio de 2013 la cual se refuerza con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y pretende garantizar que las adopciones nacionales e internacionales se realicen bajo el interés superior del niño y con respeto a sus derechos fundamentales, así como previene la sustracción, la venta o el tráfico de niños.
Es de mencionar que las autoridades centrales encargadas de éste tema en Panamá son: el SENNIAF (Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia) junto a los Juzgados de Niñez y Adolescencia.
Éstos organismos solicitan diversos documentos al momento de realizar el proceso de adopción.
